INSDE/ abril 10, 2017/ Responsabilidad social

Fiscalidad donaciones. Deducción y desgravación fiscal de donativos

INSDE está acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 y sus donaciones le pueden reportar ventajas fiscales

Fiscalidad donaciones
Desde 2015 han aumentado los porcentajes de deducción que se puede aplicar en su declaración anual de impuestos.

Para personas físicas

Se trata de deducciones de la cuota de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Le mostramos a continuación cómo ha mejorado la fiscalidad para el ejercicio 2015 y siguientes:


IRPF (residentes)

2015

2016
y siguientes
 Primeros 150 euros 50% 75%
 Resto (que supere los 150€) 27,5% 30%
 Donaciones plurianuales a la misma entidad durante 3 años o más, superiores a 150 euros 32,5% 35%
 Límite de deducción sobre la base liquidable del impuesto 10% 10%

Para personas jurídicas

Si el donante es una empresa también tiene derecho a una serie de interesantes deducciones fiscales como fórmula de mecenazgo corporativo, a través de su declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (IS):


Impuesto Sociedades

2015

2016
y siguientes
 Donaciones puras y simples 35% 35%
 Donaciones plurianuales a la misma entidad durante 3 años o más 37,5% 40%
 Límite de deducción sobre la base liquidable del impuesto 10% 10%
Está disponible para su descarga la siguiente guía elaborada por nuestros servicios jurídicos:

INFORME FISCALIDAD DONACIONES

También existe la posibilidad, como no residente, si obtiene rentas en España, de obtener beneficios fiscales por las donaciones realizadas a INSDE. Consulte a la Agencia Tributaria para información ampliada www.aeat.es

IMPORTANTE: para poder deducirse los importes donados a INSDE nos debe facilitar su NIF (número de identificación fiscal). De esta manera podremos emitirle el certificado de donaciones necesario para ello.

Muchas gracias por su colaboración.

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